Dávila & Asociados | NUEVA VIOLACION DE DERECHOS FUNDAMENTALES POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO DE LOS PALACIOS.EL TSJ DE ANDALUCIA CONFIRMA EL ACOSO LABORAL EFECTUADO POR EL AYUNTAMIENTO DE LOS PALACIOS
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NUEVA VIOLACION DE DERECHOS FUNDAMENTALES POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO DE LOS PALACIOS.EL TSJ DE ANDALUCIA CONFIRMA EL ACOSO LABORAL EFECTUADO POR EL AYUNTAMIENTO DE LOS PALACIOS

EL Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Sala de lo Contencioso-administrativo de Sevilla, acaba de notificar su sentencia de 21 de julio de 2020, por la que desestima el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Los Palacios (Sevilla) contra la sentencia que habia dictado el Juzgado de lo Contencioso-administrativo  número 5 de Sevilla el 11 de febrero de 2020. De esta forma el más alto  tribunal de Andalucía confirma integramente dicha sentencia y reitera que el recurrente, anterior Secretario General en funciones del Ayuntamiento, fue objeto de acoso laboral por parte del Ayuntamiento.

La sentencia del TSJ-A  analiza cada uno de los motivos del recurso de apelación que fue formulado por el Ayuntamiento demandado y va desmontando cada uno de ellos, manteniendo que la valoración del conjunto de la prueba efectuada por la magistrada de instancia se ajusta plenamente a las reglas de la sana critica, habiéndose deducido los hechos declarados probados de un ingente cantidad de prueba documental, testifical y pericial practicada sobre todo a instancia de la parte demandante.

La sentencia deja claro que «correspondía a la Administración demandada la carga de acreditar, sin necesidad de prueba testifical, la totalidad de las funciones encomendadas o expedientes administrativos en los que intervino el actor, detallando, por otra parte, el personal que contaba para auxilio en cumplimiento de sus funciones.»

Asimismo indica la sentencia que se toma en cuenta que el lugar donde realizaba sus funciones no era acorde con la categoría profesional del Sr. Picos, en cuanto primero fue trasladado a Cultura, lugar alejado del Ayuntamiento y al que los funcionarios refieren como lugar de destierro, como cuando fue trasladado a Servicios Municipales, en el que fue aislado en un despacho que para la mayoria de los testigos que han comparecido no reunía las condiciones minimas para poder trabajar.

Recuerda tambien el TSJ que resulta fundamental la reiterada denegación de las diferentes peticiones del actor orientadas a obtener su restitución a su puesto de trabajo, sin que la demandada haya logrado acreditar que contara con los servicios mínimos para el desempeño de las funciones propias de un técnico, circunstancia cuya prueba le correspondía

Destaca igualmente el TSJ que la situación de acoso que denuncia el actor no deriva exclusivamente de su traslado al área de cultura, sino del conjunto de actuaciones desplegadas frente al Sr. Picosi a partir de su dimisión como Secretario accidental del Ayuntamiento.

Finalmente la mencionada sentencia concluye ratificando la de instancia e insistiendo en que el resultado de la testifical y documentales que se relacionan, unido a la declaración médica del psiquiatra, médicos e informes médicos aportados y ratificados, lleva a concluir que efectivamente ha habido acoso laboral, así como que ello ha generado en el actor ansiedad, estres, perdida de autoestima y alteraciones psicosomáticas, determinando su baja laboral. Y añade que una vez solicitado por escrito incorporación a su puesto de trabajo de Jefe de Servicio de la Secretaría de dicho Ayuntamiento, se le deniega sin motivo justificado, atendiendo a que la resolución municipal  no da respuesta adecuada al motivo por el que no puede ocupar precisamente el puesto de trabajo que tiene asignado, TAG, Jefe de Servicio de la Secretaría.

DEBEMOS RECORDAR QUE RECIENTEMENTE EL TRIBUNAN SUPREMO TAMBIEN HA INADMITIDO RECURSO DE CASACION CONTRA OTRA SENTENCIA , ESTA VEZ DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TSJ-ANDALUCIA, QUE CONDENA AL AYUNTAMIENTO DE LOS PALACIOS POR ACOSO LABORAL SOBRE UNA EMPLEADA TECNICO DE MEDIO AMBIENTE DE DICHA CORPORACION LOCAL,QUE ES POR TANTO REINCIDENTE EN LA VIOLACION DE DERECHOS FUNDAMENTALES.

El despacho DAVILA Y ASOCIADOS y concretamente su Director el letrado Ramón Dávila Guerrero ha defendido al funcionario afectado y también a la empleada técnico de medio ambiente igualmente afectada por violación de derechos fundamentales.