Dávila & Asociados | EL CADIZ C.F. CONDENADO A PAGAR 235.000 EUROS A NUESTRO CLIENTE TGM
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EL CADIZ C.F. CONDENADO A PAGAR 235.000 EUROS A NUESTRO CLIENTE TGM

El Cádiz CF condenado a pagar 235.972 € a la empresa de mantenimiento de sus campos de fútbol

Césped del estadio Ramón de Carranza, objeto del pleito, que ha perdido el club de fútbol. Foto: Joselulobato13.

 |  | Actualizado: 21/11/2020 21:19

La magistrada del Juzgado de Primera Instancia 2 de Cádiz, María Isabel Cadenas Basoa, ha condenado al equipo de fútbol Cádiz CF, ahora en Primera División, a pagar 235.972,76 euros –más los intereses legales y las costas procesales– a la empresa Golf & Tuf Management, S.L., cantidad que corresponde al mantenimiento de sus campos de fútbol desde el 1 de octubre de 2011 y el 28 de abril de 2016 y que nunca abonó.

De acuerdo con el contrato, Golf & Tuf Management, S.L., tenía que mantener en perfecto estado de conservación el césped natural del estadio Ramón de Carranza, en la ciudad de Cádiz, así como el césped natural de dos campos de las instalaciones de El Rosal, donde el equipo tiene su ciudad deportiva, y los dos de césped artificial.

El Cádiz CF nunca pagó, pero suscribió diversos documentos de reconocimiento de deuda, que no impugnó, dice la sentencia, a la que ha tenido acceso Confilegal. 

Éste equipo de fútbol respondió a la demanda del Golf & Tuf Management, S.L., con otra demanda, llamada demanda reconvencional, reclamando a su anterior empresa de mantenimiento 443.266 euros por el mantenimiento defectuoso del césped de los tres campos de fútbol que, aseguró, ocasionó dificultades para la práctica del juego «e incluso lesiones en los jugadores».

MALAS HIERBAS

Dichos céspedes tuvieron problemas de malas hierbas desde el comienzo de la relación entre el club de fútbol y la empresa de mantenimiento debido a que era del tipo Ray Grass, «no adecuado al clima de Cádiz, cálido» que se agrava en los meses de calor.

El césped del Ramón de Carranza fue sustituido en 2013, después del concierto que celebró Alejandro Sanz, por otro del mismo tipo.

«Salvo el problema de las malas hierbas y la modalidad de césped no adecuada al clima, no consta acreditado por ningún medio que el césped del Estadio Carranza estuviera en mal estado antes del concierto de Alejandro Sanz y del posterior cambio de cubierta, ni consta acreditado un defectuoso mantenimientoNinguna queja por escrito se presenta por el Club a la entidad actora durante los años 2011 y siguientes«, subraya la sentencia.

Y prosigue la sentencia: «Ha quedado acreditado también en la vista que, tras resolverse el contrato de mantenimiento con la entidad actora, el Cádiz CF acometió una sustitución del césped del Estadio Carranza, pasando del tipo anterior, Ray Grass, a un tipo de césped llamado Bermuda, mucho más adaptado al clima de Cádiz, que está dando muy buenos resultados», dice, citando a un técnico de mantenimiento, José Suárez. 

La magistrada finalmente llega a la conclusión de que «Ninguno de los informes [presentados] es determinante para acreditar si durante los años 2011 a mayo de 2016 el estado del césped fue deficiente, si esa deficiencia dificultaba la práctica de juego de fútbol, como exige la cláusula primera de los contratos de 2011 y 2012, y si las anomalías que pudiera tener la hierba se debió a un defectuoso cumplimiento de las labores de mantenimiento, o si se pudo deber a la no adecuación del tipo de césped con el clima de la zona».

El Cádiz CF no pudo probar que hubiera habido un cumplimiento defectuoso del contrato. De ahí la condena. 

El caso ha sido dirigido por Ramón Dávila Guerrero, abogado y socio fundador de DAVILA Y ASOCIADOS y el Club NO ha recurrido en apelación por lo que la sentencia es ya completamente firme al dia de la fecha.

MUCHAS GRACIAS A CONFILEGAL por la publicación de la noticia de la sentencia que igualmente ha sido noticia en varios periódicos de Cadiz.