> FINALMENTE SE RECONOCE A JUAN CADENAS EL RECARGO POR FALTA DE MEDIDAS DE SEGURIDAD - Dávila & Asociados
FINALMENTE SE RECONOCE A JUAN CADENAS EL RECARGO POR FALTA DE MEDIDAS DE SEGURIDAD - Dávila & Asociados
51749
post-template-default,single,single-post,postid-51749,single-format-standard,edgt-core-1.2,ajax_fade,page_not_loaded,,vigor-ver-1.11, vertical_menu_with_scroll,smooth_scroll,wpb-js-composer js-comp-ver-5.0.1,vc_responsive

FINALMENTE SE RECONOCE A JUAN CADENAS EL RECARGO POR FALTA DE MEDIDAS DE SEGURIDAD

El Juzgado de lo Social número 2 de Jerez de la Frontera ha dictado recientemente sentencia por la que se declara el derecho del Policía Local de Puerto Serrano (Cádiz) a percibir el recargo máximo del CINCUENTA POR CIENTO ( 50 por 100) sobre las prestaciones derivadas de accidente de trabajo que tiene reconocidas por haberse constatado la concurrencia de graves faltas de medidas de seguridad en el accidente en el que, por agresión de unos delincuentes, sufrió la perdida de un ojo al sufrir un golpe con un cristal a modo de cuchillada que le produjo la completa evisceración de uno de sus ojos así como otras lesiones.

Juan Cadenas,  funcionario del Cuerpo de Policia Local del Ayuntamiento de Puerto Serrano fue declarado en situación de Incapacidad Permanente Total para su profesión  habitual perdió su puesto de trabajo y recibía una pensión del 55 por 100 de su salario y ahora sobre esa prestación tiene derecho a percibir, con cargo directo al Ayuntamiento, un recargo del 50 por 100 sobre dicha prestación por lo que podrá llegar a un 77,5 por 100 de su salario y ello con efectos retroactivos desde que en marzo de 2016 fue declarado en Invalidez y además también deberá percibir el recargo por el periodo en que estuvo en Incapacidad Temporal.

La sentencia razona con profundidad y análisis de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales destacando que ya por anterior sentencia firme del Juzgado Social 1 de Jerez se habia declarado la aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales a la Policía Local por lo que no cabía discutir ese tema nuevamente. Destaca la sentencia que la Comisaria de la Policia Local del Municipio se instalo sin estudio previo en una estación de autobuses y que adolecía de graves deficiencias para ser destinada al fin al que lo fue, que el Ayuntamiento omitió la labor de planificación preventiva y omitió medidas de seguridad básicas que hubieran evitado o reducido las posibilidades del accidente y de manera especial se disponía de una puerta ( cambiada después del accidente) que era completamente vulnerable por su debilidad y porque solo se podía abrir desde fuera lo que permitió que el agresor pudiera entrar facilmente en la Comisaria rompiendo el cristal que uso como arma casi letal.

En fin termina, ya casi, el calvario sufrido por Juan Cadenas que gracias al esfuerzo realizado por nuestro despacho y a la confianza en todo momento mostrada por Juan hacia nosotros, ha permitido superar múltiples dificultades e incomprensión. Ya finalmente ha sido reconocida una indemnización que con intereses asciende a 416.000 euros, en parte ya abonada por el Ayuntamiento de Puerto Serrano y la compañía de seguros y ahora con este sentencia permite un incremento significativo en la pensión del trabajador que le permitirá poder vivir con mayor holgura. Y por ello mostramos nuestra satisfacción después de un largo y complejo trabajo de múltiples procesos que ha durado mas de cinco años.