IMPORTANTE SENTENCIA del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, al declarar que las mutuas no pueden revisar sus acuerdos anulando resoluciones anteriores sobre las ayudas por el COVID 19 si ha transcurrido un año desde su aprobación.

La sentencia condena a la MUTUA ASEPEYO a devolver el importe de la prestación revisada. TSJ de Andalucía (Málaga), Sala de lo Social, Sentencia 825/2026, de 4 de mayo de 2026 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga resuelve el recurso de suplicación interpuesto por una […]